Av. Manuel A. Odria 1508 - Perú
CORREGIR Y ACLARAR DE OFICIO el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Directoral Regional N° 40-2020 DRA.T/GOB.REG.TACNA de fecha 04 de febrero de 2020, al haberse consignado erróneamente Resolución Directoral Regional N° 366-2015-DRA.T/GOB.REG,TACNA, siendo el correcto Resolución Directoral Regional N°366-2019-DRA.T/GOB.REG .TACNA.
MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución Directoral Regional N° 14 2020-DRA.T/GOB.REG. TACNA de fecha 21 de enero del 2020 en el extremo pertinente debiendo consignarse conforme se indica:
PRIMERO: DE5IGNAR a partir de la fecha a los miembros titular y alterno de la Dirección Regional de Agricultura faena ante el Consejo Regional de Productos Orgánicos (COREPO) para que sean reconocidos como tales:
SE DECLARA, dar de baja las Unidades Catastrales U.C. 02528, U.C 16851 y U.C. 02060, al no cumplir con los requisitos exigidos por D.L. 1089 y su Reglamento, el D.S. 032- 2008 VIVIENDA Ley que establece los procedimientos para Formalización y Titulación de Predios Rurales de Propiedad del Estado, Resolución Ministerial N°0042-2019-MINAGRI, así como incumple con los requisitos que exigía el DL. 838, de acuerdo a los fundamentos expresado en la parte considerativa.
DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por Don HECTOR PABLO GANDOLFO PALZA, contra los efectos de la Resolución Jefatural Regional N° 001-2020 DISPACAR DRA.T/GOB.REG.TACNA de fecha 20 de enero del 2020, que resuelve declarar improcedente el pedido con Registro N° 6795-2019 de fecha 16 de diciembre del 2019, sobre rectificación de la Resolución Directoral N° 0023-94-DISRAG de fecha 29 de marzo de 1994
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N° 1825-2017- AA.TACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de octubre del 20:17, al haberse expedido contraviniendo el Inciso 1) y 2) del Artículo 10“ del TUO de la Ley N° 27444, a favor de la administrada Isabel Benegas Castillo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión Na 1713-2017- AA.TACNA-DRAT/G0B.RE6.1ACNA, de fecha 19 de setiembre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10° del Tt.JO de la Ley N“ 27444, a favor de la administrada Isabel Benegas Castillo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución,
RESTITUIR en vías de regularización con efecto retroactivo al 01 de enero del 2020, la Plaza Presupuestal N°74 en la condición de empleado nombrado al TAP. Ing. JOSE HUGO ORE SALAZAR, en la Agencia Agraria Tacna de la Dirección Regional de Agricultura Tacna, en el cargo de Ingeniero en Ciencias Agropecuarias IV, Nivel Remunerativo F-2, Régimen
APROBAR la modificación Anexo -Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA Gobierno Regional de Tacna -DRA Tacna, 2020, en forma provisional mientras se realice el trámite regular de modificación y/o incorporación de nuevos procedimientos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Tacna, la misma que forma parte de la presente Resolución.
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N° 1824-2017- AA.IACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de octubre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10’ del TUO de la Ley N° 27444, a favor de la administrada Juana Quispe Rarnos, por los fundamentos expuestos en la presente resolución,
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N° 1712-2017- AATACNA-DRAT/GOB.REG,TACNA, de fecha 19 de setiembre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el Inciso 1) y 2) del Artículo 10° del TUO de la Ley N 27444, a favor del administrado Jaime Monroy Luque, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, EL ABANDONO, del procedimiento administrativo sobre Nulidad de Constancia de Posesión N° 3662-2018-AA. IACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de diciembre del 2018, peticionado por el C.rl. Cab, Jorge Alberto Madueño del Pratt-JFM A de la 33 Brig. Cab. Tacna, mediante Solicitud con Registro N° 3954-2019 de fecha 17 de julio del 2019, SIN PRONUNCIAMIENTO DE FONDO, estando a los considerandos expresados en la presente resolución.
APROBAR, el Plan de Trabajo denominado Programa Presupuestal 0121, MEJORA DE LA ARTICULACIÓN DE PFQUEÑOS PRODUCTORES AL MERCADO TACNA 2020, con un presupuesto total de S/. 27,442.00 (Veintisiete Mil Cuatrocientos Cuarenta y Dos con 00/100 Soles) con Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.
DESIGNAR al Martillero Público Sr. JOSE CARLOS EULALIO C.HIRINOS ESCOBEDO, identificado con DNI N° 29274747, quien se encuentra habilitado con Registro N° 65 de conformidad con la Resolución Jefatural N° 173-2019-SUNARP-7,R.N°IX/JEF:, para que conduzca el acto subasta pública programado para el día viernes 21 de febrero del 2020 a horas 10 a.m., de acuerdo a sus facultades.
APROBAR EN VIA DE REGULARIZACIQN el acto de Transferencia Presupuestal por Incentivos Laborales y Mandato Judicial al Comité de Administración Fondo de Asistencia y Estímulo (CAI AE), correspondiente al MES DE DICIEMBRE del 2019 - 00 Recursos Ordinarios S/ 393,878 Soles para el pago de Incentivo Laboral a favor de los Funcionarios y Servidores de la Dirección Regional de Agricultura de Tacna,
APROBAR el Plan Anual de Contrataciones del Estado de la Dirección Regional de Agricultura Tacna, para el ejercicio fiscal 2020, que en anexo forma parte de la presente resolución.
APROBAR la Liquidación Técnico - Financiera conforme al siguiente detalle:
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N 1709-201.7- AA.TACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de setiembre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10° del TUO de la Ley N° 27444, a favor del administrado Carlos Alberto Medina Fuentes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, NU!A DE OFICIO la Constancia de Posesión N° 1453-2017- AATACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 23 de agosto del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10° del TUO de la Ley N° 27444, a favor de la administrada Guillermina Evelyn Juárez Martínez, por los fundamentos expuestos en la presente resolución,
PRIMERO: DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N* 1711-2017- AA.TACNA-DRAT/GOB.REG 1ACNA, de fecha 19 de setiembre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10°’ del TUO de la Ley N° 27444, a favor de la administrada Aurelia Colque Huanca, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N* 1828 2017- AA.TACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 05 de octubre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10“ del TU0 de la Ley N° 27444, a favor del administrado Ignacio Calizaya Castillo, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N° 1710-2017- AA.TACNA-DRAT/GOB.REG,TACNA, de fecha 19 de setiembre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10° del TUO de la Ley N” 27444, a favor de la administrada Peggy Nadine Flores Soncco, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N° 1718 2017- AA.TACNA-DRAT/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de setiembre del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10° del TUO de lo Ley N° 27444, o favor de la administrada Ruth Marlene Gonzales Copa, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DECLARAR, NULA DE OFICIO la Constancia de Posesión N°1450- 2017- AA.TACNA-DRAT/GOB REG.TACNA, de fecha 23 de agosto del 2017, al haberse expedido contraviniendo el inciso 1) y 2) del Artículo 10“ del TUO de la Ley N° 27444, a favor de la administrada Victoria Florinda Venegas Aro, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ENMENDAR DE OFICIO, la NOTA OFICIAL de fecha 29 de mayo del 1991, en el extremo de los datos personales del adjudicatario, contenidos a Tenor Literal en los ítems: NOMBRE DEI PROPIETARIO: NICASIO GARCIA ESPINOZA, ESTADO CIVIL: VIUDO, NOMBRE DE LA ESPOSA O COMPAÑERA PERMANENIE: XXXXXXX, advirtiéndose que efectivamente en su momento se consignó de manera errada los mismos, debiendo consignarse en forma correcta como: NOMBRE DEL PROPIETARIO: FERMIN NICASIO GARCIA ESPINOZA